Ante la emergencia por Covid-19 la Concejalía de Empleo informa
El BORM publica el 10 de junio de 2020 la Resolución de 5 de junio de 2020, de la Directora Gerente del Instituto Murciano de Acción social, por la que se convocan las ayudas económicas para personas mayores para el ejercicio 2020.
De dicha Resolución, se destaca:
Artículo 1.- Objeto y régimen jurídico.
1. Es objeto de la presente Resolución convocar las ayudas económicas para personas mayores, de conformidad con lo establecido en la Orden de 28 de mayo de 2018 de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (B.O.R.M. n.º 124 de 31 de mayo de 2018), por la que se establecen las normas reguladoras de las citadas ayudas.
2. Esta convocatoria se regirá por lo establecido en la presente Resolución y en la Orden citada en el punto anterior, así como por las restantes normas de derecho administrativo que sean de aplicación, y en su defecto por las normas de derecho privado.
Artículo 2.- Finalidad.
La finalidad de esta convocatoria es la tramitación de las ayudas económicas a personas mayores de 65 años que residan y figuren empadronadas en la Región de Murcia y precisen la adquisición de determinadas ayudas técnicas.
Artículo 6.- Clases y cuantías máximas de las ayudas.
Los conceptos objeto de esta convocatoria y sus cuantías máximas son las siguientes:
▪ Tratamiento bucodental: hasta 1.500 €
▪ Audífonos (máximo 2 unidades): hasta 3.000 €
▪ Gafas (1 unidad): hasta 300 €
Artículo 7.- Forma y plazo de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes de ayuda se formularán en el modelo normalizado que figura como anexo II a la presente Resolución, acompañadas de la documentación que se indica en el mismo. En caso de que se solicite ayuda para reparación o adaptación de la vivienda habitual, la necesidad de la ayuda quedará acreditada mediante informe social (según el modelo normalizado que figura como anexo III), emitido por el/ la trabajador/a social de los servicios sociales de atención primaria correspondientes al domicilio de la persona solicitante, tras efectuar la oportuna visita domiciliaria.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Para acceder a la Resolución, en el siguiente enlace:
https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2020/numero/2705/pdf?id=785185
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